De acuerdo al Consejo Mundial de Franquicias, existen ciertos principios que se deben considerar por parte del franquiciador y Franquiciado, que si bien no son una norma obligada, dan ciertos parámetros para evaluar el comportamiento de ambas partes. Estos principios son:
Venta de la Franquicia
- El franquiciador debe comunicar al potencial Franquiciado toda la información necesaria para que esté en pleno conocimiento de sus obligaciones y responsabilidades. Esta información debe ser presentada dentro de un plazo razonable antes de la firma del contrato, dando al menos 7 días hábiles.
- El franquiciador selecciona franquiciados con el objetivo de lograr su éxito común y mutuo. La elección del franquiciador no se basa en discriminación por motivos de raza, religión, género, etc.....
- El franquiciador debe ser abierto y honesto en la información que entregara a sus futuros franquiciados
- El franquiciador aconsejará al posible Franquiciado que se asesore de expertos antes de firmar el contrato de franquicia
- El franquiciador entregará al posible Franquiciado una lista de todos los franquiciados existentes para que pueda contactarlos y pedir sus opiniones respecto a la franquicia y negocio
- En caso de que el franquiciador y el Franquiciado firmen una carta de intención, el franquiciador deberá especificar las condiciones en que se reembolsará el depósito inicial, si lo hubiese
- Durante la fase de negociación, el franquiciador puede pedir al posible Franquiciado una declaración de confidencialidad, a modo de protegerse en caso de que el candidato decida no tomar el negocio.
Desarrollo de la Franquicia
- El franquiciador debe mantener el know-how técnico que soporta la red de franquicias y favorecer un diálogo permanente y estructurado con los franquiciados para ayudar a la protección y el desarrollo del negocio
- En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del Franquiciado, el franquiciador deberá entregar una notificación y dar un plazo razonable para regularizar la situación
- El franquiciador debe garantizar que cada Franquiciado respeta sus obligaciones y compromisos para el interés general del sistema
- El franquiciador tiene un papel activo en la vida del negocio y contribuye a la salvaguardia de sus intereses
- El franquiciador no puede competir con sus franquiciados, en particular, mediante la apropiación o desvío de los conocimientos transmitidos por el franquiciador
Compromisos Comunes
- El Franquiciador y el Franquiciado deben operar con toda lealtad y respeto en sus obligaciones y compromisos mutuos
- En caso de litigio, ambas partes buscarán solucionar sus diferencias en forma privada o al menos mediante una mediación
- Franquiciador y franquiciados se comprometen de acuerdo a sus responsabilidades de proteger los intereses de los consumidores.
- El contrato de franquicia deberá definir los derechos y obligaciones de ambas partes y ser equitativo para ambas partes
- El término del contrato debe permitir un retorno de la inversión para el Franquiciado
- El contrato debe especificar las condiciones de venta o transferencia del negocio del Franquiciado